LA PREVENCIÓN DE RIESGOS EN LA REHABILITACION |
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De todos es sabido que en las obras de construcción de viviendas es necesario elaborar un plan de prevención de riesgos laborales que proteja a los trabajadores de posibles accidentes. Lo que no todo el mundo conoce es que en las obras de rehabilitación de comunidades de propietarios la siniestralidad puede ser igual o superior a la que se produce en la edificación de viviendas de nueva planta, de hecho en las obras de rehabilitación aparecen riesgos emergentes con mayor volumen de peligrosidad que en las obras de nueva construcción que están más consolidadas y planificadas. |
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La realidad actual en lo referente a las obras de rehabilitación de comunidades es la poca o nula conciencia por parte de las comunidades de propietarios de la necesidad de un plan de prevención de riesgos laborales sobre todo cuando concurren determinadas circunstancias. Concretamente, cuando en la elaboración de un proyecto de obra de rehabilitación intervenga más de un proyectista o cuando en la ejecución de la obra de rehabilitación intervengan más de una empresa, una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomo, la comunidad de propietarios está obligada al nombramiento de un técnico coordinador en material de seguridad y salud. |
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Esto es así porque desde la perspectiva de la prevención de riesgos laborales, las comunidades de propietarios tienen la misma consideración que cualquier empresa y son responsables por lo tanto de velar para que sus empleados no sufran accidentes laborales en sus instalaciones. En este sentido los trabajadores encargados de realizar las obras de rehabilitación en la comunidad de propietarios no dejan de ser trabajadores al servicio de la comunidad de propietarios, aunque hayan sido contratados a través de una subcontrata. Por lo tanto la comunidad de propietarios en su condición de promotora de las obras de rehabilitación no solo tiene las mismas obligaciones que cualquier otra empresa sino que también estará sujeta a las responsabilidades que la normativa de prevención de riesgos laborales establece. |
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En la mayoría de las comunidades de propietarios en las que se realizan obras de rehabilitación, la prevención de los riesgos laborales es una cuestión que no se tiene en cuenta y a la que no se le presta la atención que requiere. Normalmente por que no concurren las circunstancias mencionadas que requieren el nombramiento por parte de la comunidad de propietarios de un técnico en materia de seguridad y salud, sino que más bien la elaboración de proyecto y ejecución del mismo se encarga a la misma empresa que será la encargada del desarrollo del proyecto en su totalidad. |
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Aun así, en muchas ocasiones la comunidad de propietarios encarga la realización de las obras de rehabilitación de su comunidad a empresas con escaso o nulo cumplimiento de la normativa en prevención de riesgos laborales. Posiblemente la mayor labor de prevención de riesgos laborales de las comunidades de propietarios sea exigir para la contratación de una empresa que cumpla con la normativa de prevención de riesgos laborales, empezando por el nombramiento de un técnico de seguridad y salud para la ejecución de las obras en su comunidad. |
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PachecoAm, Rehabilitación, Reforma y Mantenimiento de comunidades de propietarios. Una amplia experiencia y cualificación de nuestro personal garantiza la calidad y profesionalidad de todos los proyectos que ejecutamos, desarrollados en su totalidad con absoluta observancia de la normativa de prevención de riesgos laborales. |
