MODIFICACIONES CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
|
El Código Técnico de la Edificación (CTE), documento que regula la edificación y rehabilitación de edificios existentes en España ha sido objeto de modificaciones desde su aprobación mediante el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, una de las cuales, la actualización del Documento Básico DB-HE: Ahorro de Energía, vamos a tratar en este artículo.
|
 |
En virtud de la Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, por la que se actualiza el Documento Básico HE (DB-HE) del Código Técnico de la Edificación, se modifica totalmente la anterior redacción del mismo con la intención de establecer nuevas exigencias relativas al ahorro de energía que faciliten la consecución de los objetivos propuestos por la Unión Europea en materia de eficiencia energética, a saber, conseguir edificios de consumo de energía casi nulo (los edificios de titularidad pública deberán serlo a partir del 31 de diciembre de 2018 y las comunidades de propietarios a partir de 2020).
|
Las exigencias establecidas en el nuevo Documento Básico de ahorro de energía (DB-HE) serán de obligado cumplimiento para todos los edificios de nueva construcción y para las intervenciones de rehabilitación de edificios existentes que soliciten licencia de obras una vez que hayan trascurridos 6 meses de su publicación en el Boletín Oficial del estado (BOE), es decir, a partir abril de 2014.
|
La principal novedad del Documento Básico de ahorro de energía del Código Técnico de la Edificación respecto de su anterior redacción es la inclusión de una nueva exigencia básica, exigencia básica Limitación del consumo energético (DB-HE0), que podría resumirse en los siguientes puntos:
|
-
Será de aplicación a las edificaciones de nueva construcción y a las obras de rehabilitación y ampliación en edificios existentes.
-
El consumo energético de los edificios se limita en función de la zona climática de su localidad de ubicación y del uso previsto. En el caso de que el edifico sea de titularidad publica el consumo energético será satisfecho totalmente con energía procedente de fuentes renovables.
-
Se establece un valor límite para el consumo de energía primaria no renovable para los servicios de calefacción, refrigeración y ACS para todos los edificios de nueva construcción y la parte de los edificios existentes sometidos a obras de reforma o rehabilitación.
-
La calificación energética para el indicador consumo energético de energía primaria del edificio o la parte sometida a obras de rehabilitación o ampliación de edificios existentes debe ser de una eficiencia igual o superior a la clase B.
|
En todo caso, las exigencias contenidas en el nuevo Documento Básico de ahorro de energía, solo serán de obligado cumplimiento para las partes de los edificios que sean sometidas a rehabilitación, reforma o ampliación pudiendo conservar su estado aquellas en las que no se realicen dichas obras de rehabilitación y teniendo en cuenta que todas las intervenciones de rehabilitación o reforma de edificios existentes deberán de realizarse de modo que no se empeoren las condiciones existentes y, en el caso de no poder alcanzar las exigencias establecidas en el DB-HE, la rehabilitación deberá de conseguir el mayor grado de adecuación a las exigencias básicas establecidas.
|
PachecoAM, especialistas en la rehabilitación y reforma de comunidades de propietarios. Un equipo de profesionales con una amplia experiencia en la rehabilitación de comunidades de propietarios y viviendas unifamiliares. Seriedad, rapidez y calidad en todos los proyectos que ejecutamos para garantizar la máxima satisfacción de nuestros clientes.
|